
El Tribunal Supremo ha anulado parcialmente el Reglamento de Extranjería, aprobado por el Real Decreto 1155/2024. Las dos sentencias publicadas en el BOE el 22 de septiembre de 2026 afectan, entre otras cuestiones, a familiares de ciudadanos españoles, menores y a la tramitación electrónica de solicitudes. La anulación es parcial: el resto del reglamento no desaparece.
¿Qué cambia para los ascendientes de españoles?
La sentencia de 8 de julio de 2026 declara nulo el inciso del artículo 196.b) que exigía que la dependencia económica del ascendiente se produjera en el país de origen o procedencia, en la medida en que impedía acreditarla cuando el ascendiente ya se encontraba en España. Esto puede ser relevante para madres, padres u otros ascendientes que soliciten una autorización de residencia para familiares de una persona española.
La sentencia no elimina por completo el requisito de estar a cargo ni concede una autorización de forma automática. La situación familiar, la dependencia y la documentación deben valorarse en cada expediente conforme a las reglas aplicables.
Otras nulidades relevantes para familias y menores
- Antecedentes penales: se anulan los incisos de los artículos 97.4 y 98.1 que imponían una denegación automática sin ponderación individualizada en los supuestos comprendidos en el artículo 20 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Esto no significa que los antecedentes dejen de tener importancia.
- Relaciones familiares: se anulan las exigencias de que determinadas relaciones de los artículos 94.1.f) y 160.2 se hubieran constituido conforme al ordenamiento jurídico español.
- Menores nacidos en España: se eliminan las referencias a «solteras» y «solteros» de los artículos 159.1 y 160.1. La sentencia también precisa que las ausencias temporales y justificadas no excluyen por sí solas la residencia efectiva habitual en España desde el nacimiento.
- Atención a menores de edad incierta: se anula un inciso del artículo 166.1 y se afirma el carácter imperativo de la atención inmediata desde que las fuerzas de seguridad comunican su localización.
Tramitación electrónica y empleo de temporada
El Tribunal Supremo declara nulo el artículo 197.2 en su totalidad, relativo a la obligación general de relación electrónica en estos procedimientos. La segunda sentencia, de 29 de julio de 2026, reitera esa nulidad. El fallo deja abierta la posibilidad de que se establezcan obligaciones electrónicas para categorías concretas si se justifican y cumplen los requisitos legales de proporcionalidad.
También se anula la prohibición del artículo 101.1 que impedía a las empresas de trabajo temporal ser titulares de autorizaciones de residencia y trabajo para actividades de temporada o intervenir en determinados cambios de empleador o concatenaciones de contratos.
¿Qué hacer si vas a solicitar la residencia de un familiar?
Conviene revisar el supuesto concreto, las pruebas de parentesco y dependencia y el estado del expediente antes de presentar la solicitud o responder a un requerimiento. Si una denegación se basó en uno de los incisos anulados, su posible impugnación dependerá de la resolución, sus plazos y las circunstancias del caso. Estas sentencias no convierten por sí solas todas las solicitudes anteriores en autorizaciones concedidas.
Fuentes oficiales
- BOE-A-2026-19632: sentencia de 8 de julio de 2026 y auto de rectificación.
- BOE-A-2026-19633: sentencia de 29 de julio de 2026.
Consulta tu caso
Como abogada especializada en Extranjería y Nacionalidad en España, puedo revisar tu situación y determinar qué procedimiento resulta aplicable conforme a la normativa actualmente vigente.
¿Necesitas asesoramiento sobre tu situación?
Cada caso requiere un análisis individual. Si necesitas asesoramiento jurídico en materia de extranjería o nacionalidad española, puedes solicitar una consulta.
Estefania Cedeño
Abogada de Extranjería y Nacionalidad Española
