Terminar los estudios en España puede abrir una vía para pasar de una autorización de estancia por estudios a una autorización de residencia y trabajo, sin necesidad de regresar al país de origen para solicitar un nuevo visado.

Esta posibilidad tiene especial interés para estudiantes extranjeros que reciben una oferta de empleo al finalizar su formación y quieren continuar legalmente en España. El Reglamento de Extranjería vigente regula expresamente esta modificación y permite, en determinados supuestos, acceder tanto a una autorización de trabajo por cuenta ajena como por cuenta propia.

¿Quién puede cambiar la estancia por estudios a residencia y trabajo?

No basta con tener una TIE de estudiante. El artículo 190 del Reglamento establece esta posibilidad para determinadas autorizaciones de estancia de larga duración por estudios o actividades formativas. Entre las condiciones fundamentales está haber obtenido la titulación o certificado correspondiente a los estudios o formación realizados. También se aplica a quienes realizan formación sanitaria especializada en los términos establecidos reglamentariamente.

Además, existe una limitación que conviene comprobar antes de presentar: la persona extranjera no debe haber sido becada o subvencionada dentro de determinados programas de cooperación para el desarrollo sostenible o de acción humanitaria españoles o del país de origen.

Tengo una oferta de trabajo: ¿qué debe cumplir el contrato?

Para pasar a una autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena debe cumplirse el régimen previsto para esta autorización y presentarse la documentación laboral correspondiente. Las condiciones del contrato deben respetar la normativa vigente.

No se analiza únicamente al trabajador. También deben revisarse los requisitos que afectan al empleador, incluida su situación frente a la Seguridad Social y sus obligaciones tributarias, así como su capacidad para asumir las obligaciones derivadas de la contratación.

Por ello, antes de presentar el expediente es recomendable revisar tanto la situación del estudiante como la documentación de la empresa contratante.

¿Quién puede presentar la solicitud?

En la modificación a residencia y trabajo por cuenta ajena, la solicitud puede ser presentada tanto por el empleador como por el propio titular de la autorización por estudios. En todo caso, el empleador asume el pago de la tasa correspondiente al trabajo.

¿Cuándo puedo presentar la modificación?

Este es uno de los aspectos más importantes para planificar correctamente el cambio de situación.

La solicitud puede presentarse durante los dos meses anteriores o los tres meses posteriores a la extinción de la autorización de estancia por estudios o actividades formativas, o a la obtención de la titulación o certificado correspondiente.

Además, tras la modificación introducida en abril de 2026, la presentación de la solicitud dentro de ese plazo prorroga la validez de la autorización anterior hasta la notificación de la resolución.

¿Puedo trabajar a jornada completa mientras se resuelve?

Una vez admitida a trámite la solicitud y mientras se resuelve el procedimiento, la autorización de estancia adquiere provisionalmente el carácter correspondiente de residencia y trabajo. El Reglamento establece que en el acuerdo de admisión a trámite debe constar expresamente la autorización para trabajar a jornada completa.

Es importante distinguir este momento de la situación anterior a la admisión a trámite y comprobar la documentación administrativa concreta antes de iniciar o modificar una relación laboral.

¿Cuánto tarda Extranjería en resolver?

La información oficial de Migraciones establece para este procedimiento un plazo máximo de resolución de tres meses, contado desde el día siguiente a aquel en que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente.

Una vez concedida la autorización por cuenta ajena, su eficacia queda condicionada al alta de la persona trabajadora en el régimen correspondiente de la Seguridad Social. Posteriormente deberá solicitarse la tarjeta de identidad de extranjero dentro del plazo aplicable.

La autorización concedida mediante esta modificación tiene una duración de un año.

¿Y si quiero trabajar como autónomo?

La modificación no está limitada al trabajo por cuenta ajena. El Reglamento permite también pasar a una autorización de residencia y trabajo por cuenta propia, siempre que se cumplan los requisitos aplicables a esa modalidad.

En este supuesto será necesario estudiar la actividad que se pretende desarrollar, la cualificación profesional cuando resulte exigible, las autorizaciones o licencias necesarias y la viabilidad del proyecto, entre otros elementos.

¿Qué ocurre con mis familiares?

El artículo 190 contempla también la posibilidad de solicitar una autorización de residencia para determinados familiares que se encuentren en situación de estancia y convivan con el estudiante en el momento de la solicitud, siempre que se cumplan los requisitos correspondientes, incluidos los relativos a medios económicos y vivienda adecuada.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que volver a mi país para solicitar el permiso de trabajo?

En los supuestos incluidos en el artículo 190, la modificación puede realizarse desde España sin necesidad de solicitar un nuevo visado, siempre que se cumplan los requisitos establecidos.

¿Puedo presentar la modificación antes de que caduque mi TIE de estudiante?

Sí. La normativa contempla la presentación durante los dos meses anteriores o los tres meses posteriores a la extinción de la autorización o a la obtención de la titulación o certificado correspondiente.

¿Necesito haber terminado los estudios?

Para esta vía concreta es necesario haber obtenido la titulación o certificado correspondiente a los estudios o formación realizados, en los supuestos incluidos en el artículo 190.

¿Puede presentar la solicitud mi empresa?

Sí. En la modificación a residencia y trabajo por cuenta ajena pueden presentarla tanto el empleador como el titular de la autorización por estudios.

¿Puedo trabajar a jornada completa mientras espero?

Una vez admitida a trámite la solicitud, el Reglamento prevé una situación provisional de residencia y trabajo y exige que el acuerdo de admisión haga expresa mención a la autorización para trabajar a jornada completa.

¿Has terminado tus estudios y tienes una oferta de trabajo?

Si has estudiado en España y una empresa quiere contratarte, puedo revisar tu autorización actual, los estudios realizados, el contrato ofrecido y la situación de la empresa para comprobar qué modificación puede corresponder a tu caso y preparar la solicitud.

CONOCE EL SERVICIO DE ESTUDIOS Y AUTORIZACIONES EN ESPAÑA

PIDE TU CITA

Fuentes oficiales

Información general actualizada a octubre de 2026. Cada expediente debe analizarse atendiendo a la autorización, estudios, situación laboral y documentación concreta de la persona interesada.

¿Necesitas asesoramiento sobre tu situación?

Cada caso requiere un análisis individual. Si necesitas asesoramiento jurídico en materia de extranjería o nacionalidad española, puedes solicitar una consulta.

Estefania Cedeño
Abogada de Extranjería y Nacionalidad Española

PEDIR CITA
WhatsApp
Esta web utiliza cookies propias para su correcto funcionamiento. Contiene enlaces a sitios web de terceros con políticas de privacidad ajenas que podrás aceptar o no cuando accedas a ellos. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos.
Privacidad